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Ley de turismo: la Justicia rechazó el amparo de Juntos por el Cambio

La Justicia rechazó el amparo contra las sesiones virtuales y ratificó la sesión en la que se aprobó la ley de turismo. Juntos por el Cambio podría apelar.

La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo presentado por Juntos por el Cambio que pedía la nulidad de las sesiones virtuales en el Congreso y validó el sistema que defiende el Frente de Todos para el funcionamiento del Poder Legislativo. Por caso, se ratificó la sesión en la que se aprobó la ley de turismo.

En efecto, el juez Enrique Lavié Pico consideró que "no aparecen verificados los recaudos indicados a los fines de habilitar la jurisdicción, en punto a la legitimación que proponen los actores a efectos de impugnar la actividad de la Cámara que integran, toda vez que no se advierte acreditada la existencia de un gravamen a un interés jurídico tutelable, al no haberse afectado ninguna de sus prerrogativas propias del cargo, habida cuenta de que los legisladores fueron convocados a deliberar en las sesiones observadas".

En el fallo, el juez advirtió que de entrometerse en una cuestión que decidió el Congreso implicaría "avanzar en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado, disponiendo no sólo sobre el procedimiento materializado por los distintos bloques de la Cámara de Diputados de la Nación sino también sobre el posterior modo de actuación con relación al ejercicio de facultades que les son propias".

De todos modos, los referentes de Juntos por el Cambio podrán apelar ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

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